Pico y Placa en Cartagena: Guia Completo para Motoristas y Propietarios de Vehículos

Pico y Placa para taxis Cartagena

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Se restringe la circulación de vehículos taxis según el último dígito del número de la placa


Horario:

  • Todo el día

Restricciones por Día:

Miércoles 2024-09-04: 9-0

Martes 2024-08-06: 5-6

Miércoles 2024-08-07: 7-8

Jueves 2024-08-08: 9-0

Viernes 2024-08-09: 1-2

Sábado 2024-08-10: No aplica

Domingo 2024-08-11: No aplica

Lunes 2024-08-12: 3-4

Martes 2024-08-13: 5-6

Miércoles 2024-08-14: 7-8

Jueves 2024-08-15: 9-0

Viernes 2024-08-16: 1-2

Sábado 2024-08-17: No aplica

Domingo 2024-08-18: No aplica

Lunes 2024-08-19: 3-4

Martes 2024-08-20: 5-6

Miércoles 2024-08-21: 7-8

Jueves 2024-08-22: 9-0

Viernes 2024-08-23: 1-2

Sábado 2024-08-24: No aplica

Domingo 2024-08-25: No aplica

Lunes 2024-08-26: 3-4

Martes 2024-08-27: 5-6

Miércoles 2024-08-28: 7-8

Jueves 2024-08-29: 9-0

Viernes 2024-08-30: 1-2

Sábado 2024-08-31: No aplica

Domingo 2024-09-01: No aplica

Lunes 2024-09-02: 5-6

Martes 2024-09-03: 7-8

Departamento de Movilidad

Puede dirigir sus inquietudes a cualquiera de los canales oficiales de la oficina de Tránsito y Transporte de la ciudad de Cartagena, en donde será atendida de manera oportuna:

Tipos de Vehículos

  • Vehículos de transporte público individual de pasajeros – Taxis

Decretos

  • Decreto 0010 de enero de 2021
  • Decreto 1483 de diciembre de 2018
  • Decreto 1659 de diciembre de 2017

Sanciones

Los infractores serán sancionados conforme a lo establecido en el artículo 131 literal C numeral 14 de la Ley 769 del 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 del 2010:

  • Multa: Quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV) al conductor y/o propietario que incurra en las siguientes infracciones:
    • C.14. Transitar por zonas restringidas o en horarios prohibidos por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado.